1527

Ayudas para la recualificación del sistema universitario español - Convocatoria complementaria
Descripción
Plazos de la convocatoria (Finalizada)
- El plazo finaliza el 29 de abril de 2022 a las 15:00h (hora peninsular española) 01/04/2022 - 29/04/2022
Convocatoria
En esta página podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:
Consultas sobre la aplicación informática de solicitud: recualificacion-incidenciastic@us.es
Gestores de la convocatoria
- Oficina de Proyectos Estatales y Autonómicos | opea@us.es | 955 420 582
Archivos generales
- Segunda adjudicación
- Resolución Definitiva de Adjudicación
- Resolución definitiva de admitidos y excluidos
- Resolucion 30 de mayo: Plazo de subsanación ampliado hasta el 1 de junio a las 23:59.
- Listado provisional admitidos y excluidos Plazo de subsanación: desde el día 24 de mayo al día 30 de mayo de 2022 (ambos inclusive).
- Convocatoria
- Extracto de la convocatoria. Resolución de 25 de marzo de 2022. BOJA nº 62 del 31/03/2022.
- Normativa sobre licencias septenales (Acuerdo 8.2/CG 23-3-22 y 6.3/CG 24-6-2021)
- Composición Comisiones de evaluación
- Instrucciones de ejecución y justificación de las ayudas de recualificación
- Preguntas frecuentes
- Modelo aceptación ayuda segunda adjudicación
Justificación de la ayuda
JUSTIFICACIÓN CIENTÍFICO-TÉCNICA Y ECONÓMICA
1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y con lo previsto en el artículo 72 y siguientes de su Reglamento, la justificación de las ayudas se realizará mediante la presentación de una cuenta justificativa que contendrá:
a) Una Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
b) Una Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que incluirá:
1.º Una relación de las personas seleccionadas en las distintas modalidades de ayudas, con los documentos justificativos de los pagos efectuados a los mismos, en los que al menos figuren concepto, importe y fecha de realización.
2.º En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
2. La cuenta justificativa habrá de presentarse antes del 1 de abril de 2024, sin perjuicio del sometimiento a la comprobación y el control que fueran pertinentes. La documentación justificativa se presentará en formato electrónico en la Secretaría General de Universidades, para lo cual, con anterioridad a la finalización del periodo de justificación, se le comunicará a la universidad beneficiaria el procedimiento para su presentación.
3. En el caso de las estancias realizadas a lo largo del año 2024, la Memoria de actuación justificativa se presentará antes del 1 de abril de 2025.
4. Las universidades públicas beneficiarias deberán integrarse, a estos efectos, en los sistemas de información, comprobación y control de dichas subvenciones establecidos por la Administración General del Estado.
5. Adicionalmente, el Ministerio de Universidades podrá, mediante un procedimiento de muestreo, solicitar anualmente a las universidades públicas beneficiarias cualquier otra documentación justificativa relativa a estas ayudas. Para ello, se facilitará a las universidades instrucciones con el procedimiento y los plazos.
Para cualquier consulta puede contactar con: ingresosyjustificaciones@us.es
La justificación económica se realiza desde el servicio de ingresos y justificaciones.
Normas de difusión y publicidad
Los/as beneficiarios/as de las ayudas están obligados a cumplir las normas de publicidad y difusión establecidas en la convocatoria.
En todas las informaciones, comunicaciones, publicaciones, carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, material inventariable, certificados, etc.) así como en los contratos laborales y administrativos (de suministros, de servicios, etc.). Se deberán incluir los logos y texto indicado en las instruciones de publicidad que la Agencia Estatal de Investigación actualiza constamente para sus ayudas.
En este enlace puede encontrar el documento actualizado con las instrucciones para la comunicación y publicidad para cada una de las convocatorias gestionadas por la Agencia Estatal de Investigación: https://www.aei.gob.es/ayudas-concedidas/comunicacion-publicidad-ayudas-concedidas
En los archivos adjuntos puede encontrar el logo de la AEI y órganos concedentes que procede para esta ayuda, puede consultar el resto en las instrucciones para la comunicación y publicidad anteriormente mencionadas.
Es importante destacar que las obligaciones de comunicación del PRTR son diferentes a las obligaciones de comunicación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, aunque siguen manteniéndose fieles a los mismos principios de visibilidad, uso del emblema, transparencia y publicidad de los Fondos Europeos.
A continuación, se facilitan algunos ejemplos generales de aplicación de las obligaciones de comunicación según tipo de actividad u objeto de la subvención o contrato:
CARTELES
Cuando los beneficiarios sean personas físicas y la ejecución se realice en edificios y fincas privadas, se sugiere utilizar carteles pequeños A4 o A5 que muestren el emblema de la UE y la declaración en la que se reconoce el origen de la financiación de la UE.
Se recomienda que los logos ocupen, al menos, un 25% de la superficie del cartel y que estén ubicados en la franja superior o inferior.
Los carteles que se coloquen en las obras deberán tener el tamaño proporcional a la cuantía de la financiación, se recomienda que sea mínimo tamaño A3. Una vez finalizada la obra se colocará un cartel permanente (formato placa o similar) donde se tendrá que reflejar la procedencia de la financiación y el emblema de la UE Emblema de la UE + texto “Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”.
- CONTENIDO MÍNIMO DE LOS CARTELES:
- Nombre del beneficiario (persona jurídica).
- Nombre del proyecto/operación.
- Objetivo principal de la operación*.
- Plazo (optativo).
- Presupuesto (optativo).
- Ubicación (optativo).
- Mención a la ayuda financiera europea.
- Emblema de la Unión Europea, referencia a la UE y al origen del fondo que cofinancia.
- Emblema del ministerio gestor y del Plan de Recuperación, Transformación y
- Resiliencia.
PORTALES WEB
Las entidades decidoras y gestoras deberán hacer referencia al origen de la financiación de los proyectos y subproyectos que tengan que ejecutar en sus respectivas webs. Cuando se publiquen notas informativas es necesario potenciar e incluir referencias explicitas al MRR y a las inversiones que se patrocinan incluidas en el plan de recuperación y resiliencia.
No es obligatorio que las entidades decisoras y gestoras dispongan de portales web únicos ya que la web del PRTR cumple ese papel.
LENGUAS COOFICIALES:
la normativa expone que sí puede aparecer la misma declaración de financiación en dos idiomas diferentes donde haya más de una lengua oficial.
ACTIVIDADES CULTURALES:
Las actividades de los beneficiarios relacionadas con la acción (conferencias, seminarios, el material informativo, como folletos, prospectos, carteles, presentaciones, etc., en formato electrónico, a través de los medios de comunicación tradicionales o sociales, etc.) y las actividades de difusión deberán reconocer el apoyo de la UE y mostrar la bandera europea (emblema) y la declaración de financiación.
Por último, un pequeño recordatorio de donde se encuentran recogidas las obligaciones de comunicación:
- artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241 de 12 de febrero por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
- artículo 10 del Acuerdo de Financiación entre la Comisión y el Reino de España
- artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Puede acceder a los logos en la página web de la Agencia
Imagen Institucional | Agencia Estatal de Investigación (aei.gob.es)
Dispone de más información las ayudas de la Agencia Estatal de Investigación financiadas con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la página web de la Agencia
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia | Agencia Estatal de Investigación (aei.gob.es)