CONV-1789

Concesión de acreditaciones y ayudas públicas de Centros de Excelencia Severo Ochoa y de Unidades de Excelencia María de Maeztu asociadas a dichas acreditaciones. Convocatoria 2025.
Descripción
Esta convocatoria tiene como objetivo impulsar la calidad, la relevancia y el impacto internacional de la investigación realizada en España y potenciar el fortalecimiento institucional de los centros y unidades de excelencia existentes en nuestro país, así como su efecto tractor sobre el conjunto del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación y la atracción y retención del talento internacional.
Plazos de la convocatoria (Abierta)
- Plazo interno de presentación de solicitudes 28/04/2025 - 05/06/2025
Convocatoria
Resumen de la convocatoria:
Información y contacto sobre la convocatoria: En esta sección podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:
Oficina de Proyectos Estatales y Autonómicos, tlfno: 955 421 017. Correo: opea@us.es
1.-Tipos de Ayudas:
Se financia:
a) La acreditación de centros de investigación como «Centro de Excelencia Severo Ochoa» y la financiación de los planes estratégicos que ejecuten dichos centros destinados a fortalecer sus capacidades científicas y estratégicas; potenciar su liderazgo internacional; impulsar la agregación de capacidades científico-técnicas, incluyendo la colaboración interna, así como con otros centros, unidades y con el tejido empresarial; mejorar la generación de resultados de alto impacto científico, social y económico; contribuir a la formación, atracción e incorporación de talento; y actuar como agentes tractores en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
b La acreditación de unidades de investigación como «Unidad de Excelencia María de Maeztu» y la financiación de los planes estratégicos que ejecuten dichas unidades destinados a fortalecer sus capacidades científicas; impulsar la especialización de la investigación; afianzar el reconocimiento de la identidad de la unidad, potenciar la agregación de capacidades científico-técnicas a través de la colaboración interna así como con otros centros, unidades y con el tejido empresarial; mejorar la generación de resultados de alto impacto científico, social y económico; contribuir a la formación y atracción de talento; y actuar como agentes tractores en el conjunto del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
En la convocatoria Severo Ochoa/María de Maeztu 2025 se ha integrado en el mismo procedimiento la concesión de las acreditaciones y las ayudas predoctorales asociadas a los mismos. De modo que, la selección y evaluación de las ayudas predoctorales concedidas deberá realizarla la universidad. Esta novedad no implica ningún cambio en la fase de solicitud de las acreditaciones.
2.- Requisitos (ver en detalle arts 6 y Anexo I de la convocatoria):
Importante: Los beneficiarios de las ayudas QUALIFICA 2021 deben presentarse obligatoriamente a esta convocatoria.
Las definiciones y requisitos que deben cumplir los centros y las unidades están recogidas en el Anexo I de la convocatoria.
CENTROS DE EXCELENCIA SEVERO OCHOA: Los centros son organizaciones dedicadas a la ejecución directa de la investigación, constituidas al menos desde el 1 de enero de 2017, con personalidad jurídica propia o que, careciendo de ella, se hayan creado como tal, de acuerdo a las normas legales o estatutos de la entidad a la que pertenecen, que cumplan lo que sigue:
-Contar con una estructura organizativa, administrativa, directiva y gerencial propia.
-Designar a un director o directora científica y a diez investigadores/as garantes, además del director o directora científica, que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria (arts. 6.1.c. Director/a científico/a e Investigadores/as garantes)
UNIDADES DE EXCELENCIA MARÍA DE MAEZTU: Las unidades son estructuras de investigación diferenciadas y estables en el tiempo, sin personalidad jurídica propia, que deberán contar con la aprobación formal y documentada de los órganos de gobierno de la US y, cuando proceda, haber sido creadas por el organismo competente, de acuerdo con las normas legales o estatutos de dicha entidad o con la normativa que regule su creación, desde al menos el 1 de enero de 2020 y cumplir lo siguiente:
-Designar a un director o directora científica y a seis investigadores/as garantes, además del director o directora científica, que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria. (arts. 6.1.c. Director/a científico/a e Investigadores/as garantes). Dentro de la definición de Unidades de Excelencia MDM se incluyen expresamente, siempre que cumplan los requisitos anteriores, los departamentos universitarios y los institutos de investigación sin personalidad jurídica.
No podrán ser ni director/a científico/a ni investigadores/as garantes los/as investigadores/as jubilados/as, aun cuando ostenten la condición de profesores/as eméritos/as.
El director o directora científica y los/as investigadores/as garantes deberán estar adscritos/as nominalmente al centro o unidad.
3.- Evaluación : ver con detalle art 17 y Anexo II y III de la convocatoria.
4.-Duración: el plazo de ejecución de los planes estratégicos y de los programas estratégicos de investigación será de cuatro años, a contar desde la fecha que se determine en la resolución de concesión, que, en cualquier caso, no será anterior al 1 de enero de 2026.
Las acreditaciones estarán vigentes durante un plazo máximo de seis años, a contar desde la fecha que se indique en la resolución de concesión.
5.-Dotación de la convocatoria: 78.000.000 €
La cuantía individual de cada ayuda para los Centros de Excelencia Severo Ochoa será de 4.500.000 € y de 2.250.000 € para las Unidades María de Maeztu.
La cuantía individual de las ayudas asociadas para la formación de personal investigador predoctoral será de 134.200 €.
6.-Conceptos financiables: ver artículo 8 de la convocatoria
Costes directos: Incluir en la solicitud el coste auditoría obligatoria (10.000 euros)
Costes indirectos: 21% de los costes directos válidamente justificados
7.- Elegibilidad centros/unidades:
No podrán solicitar ni acceder a la acreditación y la ayuda, los centros y las unidades que ya estén acreditados y financiados en las convocatorias 2021, 2023 y 2024, o los que pudieran resultar de la desagregación o agregación de los centros o de las unidades acreditados en las convocatorias indicadas. Este requisito deberá cumplirse durante toda la tramitación, desde el momento de presentación de la solicitud hasta su resolución.
Con carácter general, sí podrán presentar una solicitud en esta convocatoria los centros y las unidades acreditados en la convocatoria 2020.
No se podrán presentar en la actual convocatoria CEX2025 los centros o unidades que no hubieran superado la Fase 1 en la convocatoria CEX2024 y los que hubieran obtenido una calificación final en la segunda fase inferior a 85 puntos en dicha convocatoria (CEX2024).
8.-Información importante adicional
Son necesarias las autorizaciones de los/las investigadores/as externos a la US donde se indique el vínculo con la misma y se comprometa al mantenimiento de su vinculación durante todo el periodo de vigencia de la acreditación.
Datos institucionales para cumplimentar la solicitud
Representante legal:
Nombre: Julián Martínez Fernández
Correo electrónico: viceinves@us.es
Dirección: Pabellón de Brasil. Paseo de las Delicias s/n. 41013 Sevilla
Persona de contacto responsable de la gestión de estas ayudas en la entidad:
Nombre y apellidos: Mireia Rodríguez Álvarez
Teléfono: 954488129
Correo electrónico: dirareainves@us.es
Cargo: Directora Técnica del Área de investigación
Plan de Igualdad US
En la solicitud hay que cumplimentar si la entidad dispone de una Plan de Igualdad, indicamos enlace:
9.-Presentación de solicitudes:
IMPORTANTE: Antes de iniciar la cumplimentación en la aplicación telemática, debe considerar detenidamente si solicita la acreditación como Centro o como Unidad.
El Director/a científico/a, realizará la solicitud de forma telemática, utilizando la aplicación informática disponible en la web, cumplimentará el formulario solicitud (ver art 15 convocatoria) y adjuntarán a través de la aplicación la siguiente documentación:
a) «Curriculum vitae» abreviado (CVA) del director o directora científica, que se presentará en el modelo normalizado disponible en la página web de la Agencia, o en el que se genera de forma automática desde la aplicación «Curriculum vitae» normalizado disponible en la página web de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), utilizando la opción de generación de currículum abreviado.
El CVA se presentará en inglés y tendrá una extensión máxima de 4 páginas.
Se recomienda cumplimentar el CVA en letra Times New Roman, Calibri o Arial de un tamaño mínimo de 11 puntos; márgenes laterales de 2,5 cm; márgenes superior e inferior de 1,5 cm; y espaciado mínimo sencillo. La aplicación de solicitud no admitirá CVA con una extensión superior a 4 páginas.
b) Documentación acreditativa de la constitución del centro o, en el caso de las unidades, de la aprobación formal, o de la creación de las mismas por los órganos de gobierno de la entidad a la que pertenezca u organismo competente en materia de creación.
c) En el caso de los centros, incluyendo los acogidos a la excepción prevista en el apartado 3.f) del anexo I, documentación acreditativa de las unidades administrativa, gerencial y directiva.
d) Anexo de la memoria y del plan estratégico, ajustándose a los modelos disponibles en la página web de la Agencia. La extensión máxima del anexo será de 35 páginas para las solicitudes a centro y de 30 páginas para las solicitudes a unidad y deberán ser cumplimentados obligatoriamente en inglés. La aplicación de solicitud no admitirá documentos con una extensión superior a la indicada.
Una vez que presente la solicitud en la plataforma de la AEI y dentro del plazo interno establecido (hasta 5 de junio) deberá enviar a la dirección opea@us.es la siguiente documentación:
- Solicitud definitiva generada en pdf
- Documento Anexo con las firmas
- En su caso, autorizaciones del personal externo
Posteriormente, el representante legal de la US firmará y registrará mediante firma electrónica cada solicitud en la sede electrónica de la AEI.